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derecho laboral

El área laboral requiere una especial capacidad de reacción en comparación a otras jurisdicciones dadas sus particulares características y los breves plazos que otorga la legislación a las partes para ejercitar sus derechos. Además nos encontramos con una legislación que varía con gran asiduidad, lo que implica una especial necesidad de estar al tanto de constantes novedades.

Por eso, nuestro despacho cuenta con expertos en Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social dedicados de forma exclusiva a este ámbito del Derecho. Con ello garantizamos el pleno conocimiento de la materia y la capacidad de adaptarnos a los constantes cambios en la regulación, aplicando el máximo rigor en el asesoramiento y en la defensa de cada pleito.

La Ley regula de forma específica los procedimientos que tienen como objeto los intereses comunes de varios trabajadores.

Los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE), los Expedientes Temporales de Regulación de Empleo (ERTE), las reclamaciones de derechos de varios trabajadores o cualquier otro tipo de negociación entre la empresa y los trabajadores, requieren unos conocimientos específicos, diferentes a los aplicables en los procedimientos individuales.

La formación de nuestro equipo y la experiencia profesional en este ámbito garantizan un servicio impecable para estos conflictos.

• Expedientes de Regulación de Empleo
• Expedientes de Regulación Temporal de Empleo
• Reclamaciones colectivas de derechos

Los servicios prestados a nuestros clientes no incluyen únicamente una preparación a fondo del acto del juicio, sino un seguimiento exhaustivo de cada fase procesal y una implicación absoluta a la hora de negociar y de llegar a acuerdos satisfactorios para nuestros clientes:

• Extinción del contrato por incumplimiento grave por parte del empresario
• Modificación sustancial de las condiciones de trabajo / movilidad geográfica
• Régimen disciplinario
• Reclamación de derechos y cantidades
• Cesión ilegal de los trabajadores
• Despidos
• Accidentes de trabajo

El trabajador puede ser sancionado en la empresa, en caso de que los responsables consideren que ha cometido alguna falta. En función del tipo de falta, que puede ser leve, grave o muy grave, las sanciones pueden variar desde una amonestación verbal hasta el despido. Es importante responder de forma inmediata y eficaz a las medidas disciplinarias, ya que la reincidencia en las faltas puede ser motivo de despido procedente.

• Sanciones
• Despidos

Hoy en día la contratación laboral es un tema complejo. El trabajo por cuenta ajena es una relación que ha evolucionado hasta alcanzar unas características muy específicas.

De una forma sencilla podemos definir el contrato de trabajo como aquel que se celebra entre una persona que se obliga a ejecutar una obra o prestar un servicio (el trabajador), a uno o varios empresarios, bajo la dependencia de estos últimos, que se comprometen al pago de una remuneración.

Una de las características principales es que el intercambio de trabajo por remuneración es ajeno a los riesgos de la empresa, a los resultados favorables o adversos de la ésta, siendo el fruto de ese trabajo titularidad del empresario y no del propio trabajador que lo ejecuta. Además el trabajador que presta servicios lo hace bajo la dependencia del empresario, es decir, dentro del ámbito de dirección y organización del éste, sujeto a sus ordenes o instrucciones.

Eso influye en lo que se refiere a los requisitos necesarios para la validez del contrato, en las formas y modalidades en las que se presenta, (contratos indefinidos, temporales, de obra, interinidad, formación, relevo, ETT, relaciones laborales especiales, etc.); en las especiales normas que lo rigen, y en las consecuencias de acontecimientos sobrevenidos, que durante la existencia del contrato pueden afectar a su validez y producir su modificación, suspensión y/o extinción.

En GMG Abogados tenemos en cuenta todos estos factores, tanto si queremos incorporar a alguien a nuestra organización, como si nos vamos a incorporar a la del alguien, porque sabemos que un buen asesoramiento en un punto fundamental de la relación laboral como lo es el contrato que la rige, es el mejor instrumento para prevenir problemas en el futuro y la clave en la solución de posibles conflictos.

• Contratos indefinidos
• Contratos indefinidos de fijos discontinuos
• Contratos a tiempo parcial
• Contratos temporales
• Contratos de empleadas de hogar
• Contratos de personas con discapacidad
• Contratos en prácticas
• Transformación de contratos
• Personal de alta dirección
• Deportistas profesionales
• Relación laboral especial de los artistas
• Expatriados
• Contratos bajo la regulación del Programa de Fomento de Empleo e incentivos

Si un trabajador/a está de alta en el sistema de la Seguridad Social, o en una situación asimilada al alta, tiene derecho a obtener una serie de prestaciones ante distintas situaciones.

Estas prestaciones son: la asistencia sanitaria, la prestaciones ante una incapacidad temporal o permanente, prestaciones por maternidad y/o paternidad, riesgo durante la lactancia, riesgo durante el embarazo, cuidado de hijos, “el paro” o prestación por desempleo y las pensiones por fallecimiento de los padres u orfandad, fallecimiento del cónyuge o viudedad y jubilación.

• Solicitudes, consultas y recursos administrativos en materia de Seguridad Social

Nuestro despacho de abogados además puede asistirle en las siguientes materias principalmente:

• Representación en Actos de Conciliación en el SMAC en cualquier clase de procedimientos.
• Representación y asistencia ante los Juzgados de lo Social.
• Asistencia ante la Inspección de Trabajo en procedimientos de cualquier clase (actas de liquidación, infracción, sanción etc.)
• Reclamaciones por despido (disciplinario, objetivo, colectivo etc.)
• Reclamaciones por cantidad, sanción, clasificación profesional.
• Reclamaciones por movilidad geográfica, vacaciones, acoso laboral etc.
• Tramitaciones de expedientes ante el Fogasa
• Tramitación de Incapacidad permanente y jubilación.
• Tramitación de prestaciones contributivas y no contributivas.
• Reclamaciones en recargos de prestaciones por falta de medidas de seguridad.
• Reclamación de indemnizaciones de daños y perjuicios derivados de accidentes de trabajo.
• Reclamación por altas y bajas médicas.
• Reclamación por accidentes de trabajo-enfermedades profesionales, gastos sanitarios etc.

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